Cuidadora, empleada de hogar o auxiliar de ayuda a domicilio: qué diferencia hay

Llega un momento en que tu padre ya no se vale solo en casa. A veces se ve venir poco a poco y a veces pasa de un día para otro, después de una caída o de un alta del hospital un viernes por la tarde.

Y en cuanto te pones a buscar ayuda aparecen cuatro nombres que suenan casi igual: cuidadora, empleada de hogar, auxiliar de ayuda a domicilio, asistente personal. Nadie te explica en qué se diferencian, y lo que tú necesitas es que alguien esté con él el martes que viene.

La respuesta corta es que en el día a día hacen prácticamente lo mismo: acompañar, ayudar con el aseo, con la comida, con la medicación y con la casa. Lo que cambia de una a otra no es el trabajo, sino cómo se organiza: quién busca a la persona, quién firma, quién lleva el papeleo y a quién llamas si algún día hay que ajustar algo.

Vamos una por una.

Cuando cuida la familia

Es donde empieza casi todo el mundo, y muchas veces sin haberlo decidido: una hija reduce jornada, un hijo se organiza para pasar allí las tardes. La ley lo llama cuidado no profesional.

Lo que casi nadie sabe es que puede estar retribuido. Si tu padre tiene reconocido un grado de dependencia, existe una prestación económica para cuidados en el entorno familiar. Los requisitos y el paso a paso están en nuestro artículo sobre cobrar una paga por cuidar a un familiar dependiente.

Y si todavía no habéis empezado el trámite, el primer paso es solicitar la valoración de dependencia. Merece la pena ponerlo en marcha cuanto antes, porque de ahí salen después el resto de las ayudas.

Muchas familias combinan esto con unas horas de ayuda profesional a la semana: la familia sigue estando, y hay alguien que se ocupa de lo que más cuesta.

La empleada de hogar

Es la figura más habitual cuando una familia decide que entre alguien en casa. Puede ir unas horas al día hasta las 24 horas como interna.

Que se llame «empleada de hogar» no significa que solo se ocupe de la casa. Es un contrato pensado para todo lo que pasa dentro de un domicilio, y eso incluye expresamente el cuidado de la persona: levantarla, ayudarla con la ducha y con la ropa, y estar pendiente de que coma y de que tome lo que tiene que tomar.

Dos maneras de organizarlo

Lo que sí cambia es cómo lo pongáis en marcha, y hay dos caminos.

Lo gestionáis vosotros. Buscáis a la persona, hacéis las entrevistas y os ocupáis del contrato, del alta, de las nóminas y de organizar las vacaciones. Es una opción perfectamente válida, y hay familias que la prefieren porque ya conocen a alguien de confianza.

Lo gestionáis con una empresa. Se encarga de la parte que consume tiempo: busca candidatas y hace tantas entrevistas como hagan falta hasta que deis con la persona adecuada, prepara el contrato, tramita el alta en la Seguridad Social y lleva las nóminas. Si un día hay que sustituir a alguien, lo resuelve. Y si algo no acaba de encajar, tenéis a quien llamar.

Esa segunda vía es la que ofrecemos en Innova Asistencial, con una particularidad: tu trabajador social de referencia te visita en tu domicilio una vez al mes, para ver cómo va todo y a preguntarle directamente a vuestro padre qué tal está con la persona que le acompaña. No es una llamada de control, es sentarse un rato en su casa.

«…ellos te buscan candidatos idóneos y/o reemplazan en las vacaciones, bajas, etc., con lo que te da una tranquilidad enorme.»

— Reseña de una familia de Madrid

Las tareas concretas no son una lista cerrada: se acuerdan entre la familia y nosotros según lo que necesite cada persona, y se van ajustando.

Puede que al buscar te aparezca también el asistente personal. Es una figura pensada sobre todo para personas que conservan su autonomía para decidir y necesitan apoyo para seguir haciendo su vida fuera de casa, más que para el cuidado en el domicilio.

El auxiliar de ayuda a domicilio

Esta es la que más se confunde con las anteriores, y sin embargo funciona de otra manera. Aquí no contratáis a una persona: contratáis a una empresa, y es la empresa quien asigna al profesional que va a ir a casa. La persona que acude forma parte de su plantilla.

A esta figura se llega por dos caminos distintos.

Contratando el servicio directamente. Le decís a la empresa qué necesitáis y en qué horario, y ella se ocupa del resto. Es la vía más rápida cuando hace falta empezar ya.

A través de una ayuda pública. Si tu padre tiene reconocido un grado de dependencia, puede corresponderle una prestación —según la comunidad la llaman cheque servicio o prestación vinculada al servicio— que se destina a contratar el servicio con una entidad acreditada por la administración. En Innova Asistencial estamos acreditados en Madrid, Cataluña y Valencia, así que también trabajamos por esta vía.

Cuando el servicio llega por la ayuda pública, el número de horas y las tareas no las elegís vosotros, vienen determinadas por la valoración y quedan recogidas en el Programa Individual de Atención (PIA), que es el documento que dice qué se hace en casa de tu padre y con qué frecuencia.

El trámite completo, desde que se solicita hasta que se resuelve, puede llevar unos meses. Por eso muchas familias ponen en marcha el servicio de forma privada mientras el expediente sigue su curso y vuestro padre está atendido desde la semana que viene. Cuando llega la resolución, lo que ya está funcionando en casa se ajusta a las horas que os concedan.

Las cuatro, de un vistazo

Si te quedas con una idea, que sea esta: el trabajo que se hace en casa es muy parecido en los cuatro casos. Lo que cambia es cuánto tenéis que organizar vosotros y cuánto se organiza solo.

¿Quién busca a la persona?¿De qué os ocupáis vosotros?¿Cómo se empieza?
Cuida la familiaNadie, ya está en casaDe todo, también del cuidadoSolicitando el grado de dependencia
Empleada de hogar, por vuestra cuentaVosotrosDe buscarla y de la gestión del día a díaBuscando y entrevistando
Empleada de hogar, con una empresaLa empresaSolo de decir qué necesitáisCon una llamada
Auxiliar de ayuda a domicilioLa empresaDe acordar horarios y tareasContratando el servicio o con la ayuda ya concedida

Preguntas frecuentes

Mi padre no tiene reconocido el grado de dependencia. ¿Podemos contratar igual?

Por supuesto. El grado hace falta para las ayudas públicas, no para contratar un servicio. Podéis empezar cuando queráis y seguir con el trámite en paralelo.

¿Con cuántas horas conviene empezar? ¿Se puede ampliar después?

No hay una respuesta única y casi nadie lo tiene claro al principio. Lo habitual es empezar por las horas del día que más cuestan —la mañana, la comida, la noche— y ajustar a las pocas semanas, cuando ya se ve cómo va. Ampliar o reducir es sencillo.

¿Tengo que estar yo en casa los primeros días?

No hace falta, aunque muchas familias prefieren estar el primer día para hacer las presentaciones y explicar las rutinas. Si vivís lejos, esas rutinas se pueden trasladar por teléfono y nosotros nos encargamos de que la persona las conozca.

¿Y si la persona que viene no acaba de encajar?

Se busca a otra. Forma parte del servicio: hacemos las entrevistas que hagan falta hasta dar con alguien con quien vuestro padre esté a gusto, y si más adelante hay que cambiar, se cambia.

Vivo en otra ciudad. ¿Cómo sé cómo va todo?

Una vez al mes vamos al domicilio en persona, hablamos con vuestro padre y con la persona que le acompaña, y os contamos qué hemos visto. Entre visita y visita tenéis un teléfono directo para cualquier cosa.

¿Podemos completar las horas que nos conceda la Administración?

Sí, y es bastante habitual. Si las horas reconocidas no cubren todo lo que hace falta, se contratan aparte las que faltan, en los tramos que de verdad necesitáis.

Lo que de verdad estáis buscando

Cuando las familias nos escriben meses después, casi nunca hablan de horas ni de tarifas. Hablan de otra cosa:

«Mis padres llevan 4 años recibiendo el servicio de Innova Asistencial y gracias a ello pueden seguir viviendo en su casa.»

— Reseña de una familia de Madrid

En Innova Asistencial nos dedicamos desde 2012 al cuidado de personas mayores a domicilio en Madrid, Valencia y Barcelona. Si sigues sin tener claro qué necesita tu padre, llámanos y lo vemos juntos, sin compromiso.

Comparte

10 comentarios en «Cuidadora, empleada de hogar o auxiliar de ayuda a domicilio: qué diferencia hay»

  1. En mi opinión tiene mucha razón ya nosotros como asistente personal, debemos tener en cuenta
    lo que quiere nuestro paciente y siempre basándonos en el respeto, la comprensión, tolerancia ,
    apoyándolos y ayudarlos en su autonomía sin llegar a hacerles sentir incomodos.
    Tanto relaciona con el paciente y sus familiares.

    Responder
    • ¿Nuestro paciente? Como persona con diversidad funcional no me siento paciente de mis asistente personal, ni me agrada que mi asistente personal me considere ni su paciente, ni su usuario.
      Me temo que no ha entendido en que consiste realmente la asistencia personal y sobre todo como ha de ver el asistente personal a la persona con diversidad a la que va a asistir.
      Aquí le aporto tres enlaces de interés para que pueda entender bien «cual y como ha de ser la labor del asistente personal» y «el modo de atender y entender a la persona con diversidad» a la que va a asistir.

      Responder
  2. Si el servicio de Ayuda a Domicilio se ofreciera como se conceptualiza, estos dos perfiles se solaparían.
    El problema está cuando se desarrolla la profesión aplicando el PIA (Proyecto Individualizado de Atención) que realizan profesionales de la administración pública y bajo parámetros de la Ley de Dependencia, como todo servicio público, debe estar más acotado en el tiempo y ajustado al grado de dependencia de la persona, y desde el Servicio de la Ayuda a Domicilio, se ofrece lo que indica el PIA.
    Sin embargo, si contratas a una empresa que ofrece el servicio de asistencia domiciliaria de forma privada, la atención es más personalizada y adaptada a las necesidades reales de la persona, lo que viene a ser un Asistente Personal como aquí explican.

    Responder
  3. No es lo mismo el concepto de asistencia personal y el de auxiliar de ayuda a domicilio María. La formación tampoco es la misma. En la asistencia personal, la persona asistente ha de tener una formación y empatía adecuada para ser capaz de respetar y aceptar la opinión y decisión de la persona con diversidad a la que va a atender, sin cuestionarla.
    Le sugiero que visite estos enlaces para poder entender bien la diferencia:

    Responder
  4. Así es; es más muchos dependientes tirn n asignadas las ayudas en tareas domésticas para vivir de forma adecuada en las distintas estancias que usa en el hogar que vive
    Y muchas auxiliares de ayuda a la dependencia intentan «estrechar» esas tareas domésticas, basándose en que no son «chachas» (es la palabra que usan), y se turn n que dar cuenta que NO son cuidadores personales exclusivamente, por decirlo de alguna manera, si o que su misión va mucho más allá, ya que si Asuntos Sociales les asigna esa ayuda en tareas domésticas, estas auxiliares deben cuidar que ese hogar esté, vamos a decir, limpio, para ese dependiente.

    Responder
    • Buenos días Carmen,
      Desde dependencia se realiza un expediente donde se indica en cuales son las tareas donde hay que prestar ayuda y estas son informadas a las auxiliares que van al domicilio.
      En el caso que no estés contenta con el servicio prestado, te puedes poner en contacto con ellos y exponer tu situación para poder mejorar el servicio.
      Un saludo,

      Responder
  5. Entiendo que la función de la persona asistente personal va más allá de ayuda, debe convertirse en la prolongación de la persona dependiente a la hora de actuar, y llegar donde no puede hacerlo la persona dependiente, y haciéndolo como si fuera la persona dependiente quien lo hiciera, por eso es tan importante la empatía.

    Responder
  6. El artículo es muy bueno. No sabía que existía la asistencia personal. Desde luego, si no existiera la ayuda a domicilio se tendría crear. Son profesionales cualificadas y cualificados y no tienen nada que ver con las empleadas o empleados de hogar o con las limpiadoras o limpiadores, que también hay diferencias entre las empleadas o empleados de hogar y limpiadoras o limpiadores, como también hay diferencias entre profesionales de ayuda a domicilio y cuidadoras.
    Hay usuarias y usuarios y familiares, que pretenden abusar de las profesionales de ayuda a domicilio y eso se debe denunciar, como le pasó a una vecina que abusaba y que ella misma decía, que tenía una “criada”, una “chacha” para que le limpiara y desde luego que la ayuda a domicilio no son empleadas de hogar o limpiadoras, pues le expedientaron y le quitaron la ayuda a domicilio y también otro vecino que decía cosas muy groseras con insinuaciones al sexo, le expedientaron y le quitaron la ayuda a domicilio.
    A mi marido le atendieron dos profesionales cualificados, una mujer y un hombre, de ayuda a domicilio y lo comento de nuevo, si no existiera la ayuda a domicilio se tendría que crear. La atención que le dieron a mi marido hasta su muerte fue buenísima y gracias, gracias, gracias por la magnífica atención de los profesionales cualificados de ayuda a domicilio.

    Responder

Deja un comentario


El periodo de verificación de reCAPTCHA ha caducado. Por favor, recarga la página.

Entradas relacionadas

Solicita presupuesto

Selecciona la sede:

Solicita información

Selecciona la sede:
Texto Legal En cumplimiento del artículo 13 Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (en lo sucesivo RGPD), así como en el artículo 11 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (en lo sucesivo LOPD – GDD), le informamos que el: Responsable del tratamiento: INNOVA ASISTENCIAL SL | B87624979| JAIME EL CONQUISTADOR, 50 LOCAL 28045 MADRID | DPD@INNOVAASISTENCIAL.COM Finalidades: contestación a las consultas y peticiones del interesado que haya realizado a través de los canales disponibles para ello. Previa información y consentimiento expreso del interesado, se podrá enviar información comercial relacionado con nuestro sector ASISTENCIA DOMICILIARIA. Legitimación: contestación a las consultas y peticiones del interesado, el tratamiento se basa en la ejecución precontractual (artículo 6.1.b RGPD). El envío de información comercial en el consentimiento expreso (artículos 6.1.a RGPD y artículo 22.2. LSSICE). Conservación de los datos: sus datos se conservarán el tiempo estrictamente necesario y conforme a los plazos que puede consultar en la política de privacidad. Destinatarios: Siempre se informará y, cuando proceda, se solicitará su consentimiento expreso para ceder sus datos personales o realizar transferencias internacionales de acuerdo a la normativa vigente (arts. 13.1.e) y 44 RGPD, así como el art. 11.1 y 40 LOPDGDD 3/2018). Derechos: puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad, limitación del tratamiento y oposición escribiendo un correo electrónico a DPD@INNOVAASISTENCIAL.COM o en nuestro domicilio indicado en los datos del responsable. Información adicional: puede consultar la información adicional y detallada sobre protección de Datos escribiendo a DPD@INNOVAASISTENCIAL.COM / WWW.INNOVAASISTENCIAL.COM o solicitando más información en nuestra oficina sita en la dirección indicada en el apartado “Responsable del Tratamiento”.
Solicitudes de Empleo Gracias por tu interés en unirte a nuestro equipo. No aceptamos solicitudes de empleo a través de este formulario.
.
Por favor, visita nuestra página de reclutamiento y regístrate para acceder a nuestras ofertas de empleo aquí: https://innovaasistencial.com/empleo/.
.
Agradecemos tu comprensión y te deseamos éxito en tu proceso de solicitud.
.
Atentamente, Innova Asistencial